La seguridad social, también es llamado seguridad seguro social o previsión social, se basa principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas como la salud, la vejez o también las discapacidades... hay muchas protecciones sociales...
Como dije el objetivo de la seguridad social es la de ofrecer a las personas que no pueden conseguir dinero, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus principales necesidades.
Aquí os pongo los derechos de la seguridad social:
- El seguro social, la entidad que administra los fondos otorga diferentes beneficios que tiene la Seguridad Social. Estos servicios o beneficios incluyen típicamente la provisión de las jubilaciones, las incapacidades de algunas personas, pensiones de viudez y orfandad, cuidados médicos y seguro el desempleo
- Mantenimiento de ingresos, principalmente la distribuición de efectivo en caso de perdida de empleo incluyendo jubilación, discapacidad y desempleo.
- Servicios provistos por las administraciones responsables de la seguridad social. Según el país esto puede incluir cuidados médicos, aspectos de trabajo social e incluso relaciones industriales.
La Unión Europea establece una serie de normas comunes que protegen los derechos social de sus ciudadanos cuando se desplazan por Europa. Los cuatro grandes principios de coordinación europea de Seguridad Social son:
1 Solo se puede estar cubierto por la normativa de un país a la vez, de modo que sólo cotiza en un país. La decisión sobre qué normativa nacional se aplica en cada caso corresponde a los organismos de Seguridad Social. No se puede elegir.
2 Cada uno tiene los mismos derechos y obligaciones que los nacionales del país donde este cubierto: es lo que denomina principio de igualdad de trato o no discriminación.
3 Cuando se solicita una prestación, deben contabilizarse, en su caso, los periodos anteriores de seguro, trabajo o residencia en otros países.
4 En general, si se tiene derecho a una prestación en metálico en un país, puede seguir percibiéndose aunque se resida en otro. Es lo que se denomina principio de exportabilidad
David García
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